Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/378641
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 561
TRABAJO, INVOCACION DE ARTICULOS NO APLICABLES EN LA DEMANDA, EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 561
Si los preceptos legales que se citan en una demanda, como base de los conceptos de violación, no tienen relación alguna con los hechos a que se alude y la Junta basada en esa circunstancia, absuelve a la parte demandada, su laudo no puede ser violatorio de la garantías individuales y tampoco lo será su ejecución.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1660/39. Comité Liquidador de "Líneas Férreas de México", S. A. de C. V. 10 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.