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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378644
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 569
TRABAJO, TESTIGOS EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 569
Una Junta estará en lo justo si al fundar su laudo, no toma en cuenta el escrito que presentó una persona ajena al juicio arbitral, en calidad de testimonio, no obstante que se haya ofrecido al firmante del mencionado escrito, como testigo de una de las partes, pues para que su dicho se tuviera como válido, era de todo punto indispensable que el testigo hubiera sido interrogado por ambas partes, y si no fue así, tal escrito estará muy lejos de poder equipararse a un testimonio, y al adoptar este criterio una Junta, con ello no viola las garantías individuales y el amparo que se pida contra la tesis que se establece, deberá negarse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2688/39. Sindicato de Madereros Felipe Carrillo Puerto. 10 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.