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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378653
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 750
DEMANDA DE AMPARO, DEFICIENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 750
Si de las argumentaciones y de los agravios que consigna en una demanda de amparo, puede deducirse que esencialmente se reclama de una Junta de Conciliación y Arbitraje, la inexacta apreciación de las pruebas rendidas en el juicio arbitral, esta deficiencia en la demanda de amparo al no precisar, en relación con los preceptos legales, que se invocan, los conceptos de violación que haya pretendido hacer valer al quejoso, no es obstáculo para entrar al estudio del concepto de violación de que se hace referencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4475/39. García Martín. 14 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco. La publicación no menciona el nombre del ponente.