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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 753
TRABAJADORES, RECONOCIMIENTO POR LOS, DE PAGO DE DEUDAS ANTERIORES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 753
Si un trabajador reconoce que fue liquidado por su anterior patrono, de cuantas prestaciones pudiera exigir y entabla juicio arbitral en contra de su nuevo patrono, exigiendo a éste el pago de las prestaciones que no le fueron retribuidas por el anterior, así como el pago de varias prestaciones al actual, la Junta que teniendo en cuenta la confesión del obrero en el sentido de haber sido liquidado de todas las prestaciones con su primitivo patrono, condena al actual, al pago que se le reclama, únicamente desde el tiempo en que el obrero estuvo bajo su dependencia, no viola las garantías del trabajador, y por lo mismo, el amparo que éste pida, deberá negarse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8926/38. G. Viuda de la Peña Guadalupe. 14 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.