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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378656
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 754
PATRONOS, EXCEPCION DE PAGO OPUESTA POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 754
Si una Junta establece en su laudo, que el demandado no tenía el carácter de patrono respecto de un obrero, que reclama el pago de varias prestaciones, y el mismo, fundado en esta consideración, no opone la excepción de pago, la Junta que declare que no había lugar a oponer dicha excepción de pago, estará en lo justo, puesto que, si no era deudor, no habría razón legal para que opusiese dicha excepción, por lo que, no habiendo violación de garantías, el amparo que se solicite, deberá negarse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8926/38. G. Viuda de la Peña Guadalupe. 14 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.