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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 858
TRABAJO, DESAHOGO DE PRUEBAS, EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 858
El hecho de que no haya asistido el actor a la audiencia de desahogo de pruebas, no impide a la Junta respectiva, proceder a la recepción de la prueba testimonial, en relación con el testigo presentado por la parte demandada, si en su poder obraba el interrogatorio que debería contestar el testigo presentado por la misma demandada; y si señala término legal al actor, para que indique los domicilios de los testigos que ofreció, apercibiéndolo con que de no hacerlo se le tendrá por desistido de dicha prueba y el actor no cumple con este auto, la autoridad responsable, al declarar desierta dicha prueba, por la causa apuntada, estará en lo justo, sin que se cause con ello agravio alguno al demandante.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3604/39. Arriola Arturo Z. 16 de octubre de 1939. Mayoría de tres votos. Ausente: Xavier Icaza. Disidente y relator: Octavio M. Trigo.