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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378669
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 890
SUCESION, CARGAS QUE PESAN SOBRE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 890
Desde el momento en que una persona como única y universal heredera, adquiere todos los bienes pertenecientes a una sucesión, con las cargas que sobre los mismos pesaban, el Juez ante quien se ventila una reclamación por alimentos, como carga de la sucesión, no tiene por qué mandar practicar un inventario que solicite el heredero para que se verifiquen los bienes de la sucesión, y sobre ellos recaiga el secuestro para asegurar los alimentos, ya que si el valor de los bienes de la herencia, no bastan para cubrir el importe de las obligaciones que eran a cargo de la sucesión, el heredero puede repudiar la herencia; y además no hay precepto legal que obligue a los Jueces a mandar formar un inventario en tales casos, y el agravio que contra esta negativa del Juez se haga valer, debe declararse infundado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6104/38. Aráoz de Guillén Josefina. 17 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.