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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1144
PRUEBAS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1144
Si en la prueba que presente un patrono, consiste en la declaración de un trabajador, cuya firma está autentificada por un delegado municipal, y la Junta de Conciliación y Arbitraje al hacer el análisis de las pruebas no le da valor probatorio estará en lo justo, y con ello no violará las garantías individuales del patrono, máxime, si no aparece que el signatario haya ratificado el contenido del escrito; por otra parte, la calidad de delegado municipal no hace que la prueba sea plena, puesto que no es un funcionario que tenga fe pública.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2454/39. Díaz de León José. 23 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.