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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1185
VELADORES, SERVICIO CONTINUO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1185
El hecho de que frente a un establecimiento cuya vigilancia está al cuidado de un trabajador, se estacione algún comercio ambulante y su vigilancia se le encomiende al velador de la casa comercial, por la cual está contratado, no quiere decir que su trabajo de velador no sea contínuo, porque precisamente si vigila dicho pequeño comercio ambulante, es por el hecho de que se ha estacionado frente a la casa comercial de la que es trabajador de planta, ya que tan luego como se ubicara ese pequeño comercio ambulante en otro lugar, tal vigilancia se le haría imposible, so pena de abandonar o descuidar el servicio de su patrono, por tanto, la Junta que al resolver el conflicto arbitral que ante ella se plantea, en su laudo se apega a este criterio, estará en lo justo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4843/39. Green Teodoro. 24 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.