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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1351
TRABAJO, DOCUMENTOS FIRMADOS POR TRABAJADORES, COMO PRUEBA EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1351
Si un trabajador en su declaración no reconoció el texto de un documento, a pretexto de que fue un papel en blanco lo que firmó, si ante una Junta reconoce su firma puesta al calce de dicho documento, aun admitiendo que efectivamente hubiera firmado en las condiciones, que dice este hecho le es totalmente imputable, e implica su absoluta conformidad con la redacción posterior que se dio al repetido documento, y con el uso que se hace del mismo, por tanto, la Junta que de valor probatorio al documento de que se habla, no violará las garantías individuales del trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6749/38. Rodríguez Leopoldo. 25 de octubre de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfredo Iñárritu. Relator: Xavier Icaza.