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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378786
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2698
PRESCRIPCION, EXCEPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2698
Una Junta de Conciliación y Arbitraje estará en lo justo, si al dictar su laudo, condena a un trabajador a recibir una cantidad menor de la que demanda, en virtud de que toma en cuenta la excepción de prescripción que la parte demandada opuso, así como las cantidades que quedó adeudando el trabajador, por anticipos que se le hicieron en el último año de servicios y que no resultan afectados por la prescripción, en los términos del artículo 328 de la Ley Federal de Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3634/39. Sasia Manuel. 24 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.