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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378806
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2872
TRABAJADORES, FALTA DE ATENCION MEDICA A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2872
No es procedente que se pague a la parte obrera la cantidad que demanda por falta de atención médica, si no se comprobó que, con causa justificada, le hubiera faltado al obrero dicha asistencia, y por el contrario, está demostrado que la negativa del obrero a recibir dicha atención médica, no se apoyó en una causa justa y por ese motivo no es acreedor al derecho que solicita.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5101/39. García Timoteo. 28 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.