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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378824
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 3006
SALARIO CONVENCIONAL, VALIDEZ DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 3006
El acuerdo voluntario entre patrono y trabajador para señalar determinada cantidad como sueldo, no implica, por parte de éste, una renuncia prohibida por la Ley Federal del Trabajo, ya que, conforme al artículo 85 de la misma, el salario se estipula libremente, con la única limitación de que en ningún caso puede ser menor que el fijado como mínimo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5139/38. Gorostiza Vicente. 30 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.