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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378869
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 3608
JUNTAS, PRUEBA PERICIAL ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 3608
De acuerdo con el artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo, al oferente le corresponde presentar, en la audiencia respectiva, al perito que hubiere ofrecido, para el efecto de desahogar esa prueba, en la forma señalada por la ley, so pena de que la misma se declare desierta, sin que para ello obste la circunstancia de que el actor no se hubiere presentado a rendir sus pruebas, pues siendo esta la de confesión, el demandado tiene derecho a pedir que se le tenga por confeso, ya que la audiencia de aquél, no faculta a éste a dejar de comparecer a rendir pruebas, sin riesgo de que las mismas se declaren desiertas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3549/39. "Publicaciones Herrerías", S. A. 13 de diciembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.