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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378886
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 296
DEMANDA DE AMPARO, AMPLIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 296
La Suprema Corte de Justicia ha sustentado el criterio de que procede ampliar la demanda de amparo, siempre y cuando no se hayan rendido los informes por las autoridades responsables, puesto que hasta entonces se fija la litis; y debe entenderse que tal ampliación abarca a todos los elementos de que se compone la demanda y aún pueden señalarse nuevas autoridades responsables, nuevos conceptos de violación y nuevos actos reclamados, porque al tener conocimiento la parte quejosa, de la realización de actos diversos a los señalados en su primitiva demanda, se le obligaría a promover un nuevo juicio, de no admitirse la ampliación, contrariando el espíritu de las leyes, que tiende a economizar y no a multiplicar los juicios.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 50/39. Carrillo Adalberto y coagraviados. 7 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.