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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378900
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 777
AUTORIDADES EJECUTORAS, FACULTADES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 777
Si la única diligencia que se encomienda a una autoridad que tiene solamente el carácter de ejecutora, es la de dar posesión, a un trabajador, del puesto que existe vacante en una embarcación surta en un puerto de la República, las órdenes dadas a pretexto de cumplir con el laudo pronunciado por una Junta, en el sentido de impedir la salida de la embarcación, están fuera de la facultad expresa otorgada por la autoridad ordenadora, por lo que hay exceso con relación a la petición que fue hecha, y al obrar así la autoridad ejecutora, infringe las garantías constitucionales del reclamante.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7146/38. Javier Anaya y compañía. 14 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.