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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378909
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 969
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 969
La Cuarta Sala de la Suprema Corte, en diversas ejecutorias tiene actualmente establecida jurisprudencia, en el sentido de que para el cómputo de la prescripción en materia obrera, los términos relativos deben contarse a partir desde que la obligación se haga exigible, por lo que es procedente la excepción de prescripción que se alegue con relación a los salarios reclamados, hasta un año antes de la fecha de la demanda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 328 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1852/39. Morales Carmen. 21 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.