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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1295
TRABAJADORES PARA OBRA DETERMINADA, SEPARACION INJUSTIFICADA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1295
Si el apoderado de un comité que es demandado por un trabajador, manifiesta que éste no había sido contratado como empleado de carácter permanente, sino "para el desempeño de una obra determinada", debe concluirse que corresponde a la parte demandada demostrar que esa obra había quedado cumplida, en el momento en que se separó de su servicio al trabajador, y si no se rinde prueba alguna para acreditar ese extremo, debe considerarse injustificada la separación.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7330/38. Comité Unico de Ventas de Garbanzo "Sonora Sinaloa". 26 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.