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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378928
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1434
CLAUSULA DE EXCLUSION, AMPARO IMPROCEDENTE POR LA APLICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1434
Si en una demanda, de amparo no se especifican conceptos de violación, ni las leyes que, según el quejoso, se hayan aplicado inexactamente o dejaron de aplicarse, y una Junta de Conciliación y Arbitraje para absolver a una empresa demandada, se funda en que el trabajador renunció a pertenecer al sindicato que tiene celebrado contrato colectivo de trabajo con la mencionada empresa, contrato en el cual existe la cláusula de exclusión, y, por ese motivo, el propio sindicato designó substituto del trabajador aludido, sin que ese fundamente del laudo, ni los demás expuestos por la Junta, se discutan en la demanda de amparo, debe negarse la protección constitucional que se solicite por el trabajador a que se ha hecho referencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1931/39. Flores Elías. 29 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.