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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1906
LAUDOS, EFECTOS DE LA ACLARACION DE LOS, PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1906
Si bien la Ley Federal del Trabajo, no da recursos contra los laudos que pronuncian las Juntas de Conciliación, si el quejoso promovió el de aclaración contra el laudo, y este recurso fue admitido y resuelto por la Junta, con ello se interrumpe el plazo para presentar la demanda de amparo contra el laudo, pues resolver lo contrario, sería dejar sin defensa al citado quejoso, ya que interpuso un recurso que estaba en trámite y hasta que no fuese resuelto, no podría empezar a correr el término para la interposición del amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 738/39. Florence viuda de Orinsky. 4 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.