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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2466
TRABAJO, ALCANCE DE LOS AMPAROS EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2466
Concedido un amparo para el sólo efecto de que una Junta, haciendo estudio y análisis de todas y cada una de las pruebas que le fueron aportada por las partes, dicte nuevo laudo, dicha Junta cumple con la ejecutoria, haciendo tal análisis, de suerte que si no condena al pago de salarios caídos hasta el momento en que sean reinstalados los quejosos, esto es una cuestión nueva, que debe recurrirse en amparo, pero no por medio del recurso de queja, y la que se interponga al respecto, debe declararse infundada.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 104/39. Cruz Enrique y coagraviados. 11 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.