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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2678
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE TRABAJO, APRECIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2678
Si la Junta de Conciliación y Arbitraje aprecia la prueba pericial en los términos que la faculta el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, el laudo no es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3511/39. Sarmiento Maximino. 15 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.