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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2855
SOCIOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2855
Si el demandado demuestra que el demandante convino con él en cultivar una huerta, mediante una participación en la cosecha, esto implica que si la cosecha no hubiera obtenido, tampoco habría obtenido cantidad alguna el reclamante, es decir, que estaba a las ganancias y a las pérdidas, lo que incuestionablemente le da el carácter de socio, y si al entablar su reclamación, se refiere al salario mínimo, esto sólo debe tenerse como una base para aquélla, pero la misma será improcedente si el demandante no prueba que las cantidades que se le entregaron no constituían anticipos a cuenta de la cosecha.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3379/39. Emerich Andrés. 17 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.