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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379025
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3280
TRABAJO, CONFLICTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3280
Las Juntas deben de resolver sobre todos los puntos planteados en la litis contestatio y no sólo parte de ellos, y si proceden así, debe concederse el amparo para que se dicte nuevo laudo, que sea congruente con la demanda, la contestación y demás pretensiones deducidas oportunamente por las partes.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8472/38. Sindicato Evolucionista de Obreros de Río Grande. 23 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.