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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3837
TRABAJO, VALOR DE LAS PRUEBAS EN LOS CONFLICTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3837
En materia de conflictos de trabajo no hay pruebas plenas; según lo que dispone el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, conforme al cual, los laudos deben dictarse a verdad sabida, sin necesidad de sujetarse a reglas sobre estimación de las pruebas, sino apreciando los hechos según los miembros de la Junta lo crean debido en conciencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9134/38. Arellano viuda de Lugo Carmen. 30 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.