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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379053
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3838
TRABAJO, ACTAS DEL REGISTRO CIVIL COMO PRUEBAS EN LOS CONFLICTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3838
Aun cuando la función genuina de las actas del Registro Civil, es la de comprobar el estado y capacidad de las personas, ello no impide que las Juntas de Conciliación y Arbitraje, con la facultad que para la apreciación de las pruebas les concede el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, tengan en cuenta elementos probatorios que se desprenden de esos documentos públicos, máxime, si dichos elementos coinciden con otras pruebas de diversa procedencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9134/38. Arellano viuda de Lugo Carmen. 30 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.