Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/379068
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379068
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4112
INCAPACIDAD PERMANENTE Y PARCIAL DEL OBRERO, MONTO DE LA INDEMNIZACION POR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4112
Si la Junta de Conciliación y Arbitraje, al fijar el tanto por ciento que corresponde a un obrero, como indemnización por una incapacidad permanente y parcial, no cita disposición legal alguna, debe concederse el amparo para que repare la omisión cometida.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 928/39. Sanabria Felipe. 5 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.