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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379071
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4120
PATRONO SUSTITUTO, CARGA DE LA PRUEBA TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4120
Tratándose de la substitución de patrono, debe estimarse que corresponde la carga de la prueba a quien afirma no tener el carácter de patrono substituto, cuando el mismo aparece como actor en la tercería promovida para el efecto anterior; pero cuando quien se pretende que es patrono substituto, solamente se opone a la ejecución que en sus bienes trata de llevarse a cabo, y otorga fianza para garantizar el monto de la prestación reclamada, corresponde a la parte actora la prueba de que existe la substitución de patrono.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1139/39. Niño Guadalupe. 5 de Septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.