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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4382
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, PRUEBA DOCUMENTAL TOMADA INDEBIDAMENTE EN CUENTA POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4382
Si una Junta de Conciliación y Arbitraje tomó en consideración en su laudo, un documento firmado por varias personas, sin exigir la ratificación del mismo por los firmantes, a pesar de tener estos el carácter de terceros, sin que hubieran ratificado su contenido y las firmas del documento, ni sido citados ante la Junta, a fin de que la parte actora pudiera hacer repreguntas, debe concederse el amparo para el efecto de que la Junta dicte nuevo laudo, en que sin tomar en cuenta el documento de que se habla, resuelva lo que proceda.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1887/39. Sanabria Elodia. 11 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.