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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4472
CLAUSULA DE EXCLUSION, INDEBIDA APLICACION DE LA, POR EL PATRONO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4472
Si el demandado en un conflicto de trabajo, confiesa haber recibido un oficio que le envió un sindicato, manifestándole haber acordado que fueran retirados determinados trabajadores, que no eran miembros de la mencionada agrupación; y que el propio demandado accedió a los deseos del sindicato, y está comprobado que los obreros separados ya estaban prestando sus servicios con anterioridad a la fecha de la celebración del pacto colectivo de trabajo, el despido fue del todo injustificado, por ser contrario al artículo 49 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2623/39. Ríos Rafael y coagraviados. 12 de septiembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.