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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379116
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4687
PATRONO SUSTITUTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4687
La sustitución del patrono entraña una cesión de obligaciones por cambio de deudor, que comprende la totalidad de las responsabilidades que, en el momento de la cesión, son a cargo del patrono sustituido, por lo que si al efectuarse la compraventa de un comercio, había sido dictado un laudo en contra del patrono sustituto, ya no era necesaria la iniciación de un nuevo juicio, pues ello daría lugar a una burla a los derechos de los trabajadores, debido a que podría alegarse la prescripción y se vendría a defraudar a los obreros, quienes, por lo dilatado del procedimiento, carecerían de recursos para cubrir los gastos del juicio, hasta su terminación.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1866/39. R. de Gómez Luisa. 19 de septiembre de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfredo Iñárritu. Relator: Hermilo López Sánchez.