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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379131
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 5015
JUNTAS, EXCEPCIONES ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 5015
Si las Juntas estudian excepciones que no le fueron opuestas, debe concederse el amparo que contra el laudo se pida, para el efecto de que se dicte nueva resolución, en la que no se tomen cuenta esas excepciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8828/38. Leyvas Venancio. 26 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.