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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379153
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 5258
JUNTAS MUNICIPALES DE CONCILIACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 5258
La opinión de estas Juntas, recaída en el período conciliatorio, no causa perjuicio a las partes, puesto que si la opinión les es desfavorable, podrán hacer valer las defensas que establece la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 4691/39. Esparza Ramona. 29 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.