Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/379155
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379155
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 5258
TRABAJO, PERSONALIDAD DE LOS CONFLICTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 5258
Si una Junta manda que se tenga como representante del demandado a quien no tiene facultades para ello, es cuestión de fondo que no puede resolverse en el incidente de suspensión.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 4691/39. Esparza Ramona. 29 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.