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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1055
EXTRANJEROS, VALORACION DE LOS TESTIMONIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1055
No existe razón legal alguna para que por el hecho de que un extranjero no presente en el momento de declarar, su tarjeta relativa expedida por las autoridades de migración, la Junta se niegue a recibir su testimonio, pues las disposiciones del artículo 92 de la Ley de Población, no pueden extenderse hasta impedir que un extranjero no pueda testificar sobre un hecho que le conste, ante cualquiera autoridad que ejerza funciones judiciales, por el solo hecho de faltarle la tarjeta de migración.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 105/39. Sing Chong Woo. 28 de abril de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Octavio M. Trigo.