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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1153
TRABAJO, SOBRESEIMIENTO PROCEDENTE EN LOS AMPAROS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1153
Si no se encuentra comprobado en autos que por oponerse unos trabajadores a firmar un contrato colectivo de trabajo, se les haya prohibido trabajar en su oficio, no es procedente el agravio que por tal motivo se alegue, y por consiguiente debe sobreseerse en el juicio de amparo que se promueva por tal concepto.
Precedentes
Amparo en revisión 9216/38. Mendoza Juan D. y coagraviados. 3 de mayo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Relator: Alfredo Iñárritu.