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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2031
JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2031
Aun cuando un trabajador, en el juicio de garantías, ofrezca como prueba, el que se solicite de un sindicato un certificado médico, historia clínica, radiografía y dictamen producido por la Oficina de Higiene Industrial del Departamento de Trabajo, y tal prueba no se reciba, si en la audiencia de pruebas celebrada con motivo del conflicto de trabajo, ante la Junta respectiva, no fue ofrecida prueba alguna por las partes, no habiendo cumplido el trabajador con lo prevenido en el artículo 522 de la ley del trabajo, de ofrecer pruebas en la mencionada audiencia, para que la Junta declarara si eran de admitirse o desecharse, no pudiendo haber sido tomadas en consideración por la Junta en el laudo que pronunció y que se reclama en el amparo respectivo, ni en éste pudieron examinarse, no causando con ello agravio alguno.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8815/38. Miranda Francisca. 16 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.