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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379254
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2329
EMBARGO DE NEGOCIACIONES MERCANTILES O INDUSTRIALES, POR RECLAMACIONES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2329
Para que conforme al artículo 621 de la Ley Federal del Trabajo el embargo de una negociación mercantil o industrial se concrete a una mera intervención con cargo a la caja, por parte de un depositario, es necesario probar que la negociación se halla en actividad, pues de no exigirse esta prueba, se pondría a los trabajadores que obtuvieron, en peligro de que el embargo fuera meramente ilusorio, ya que la intervención de una negociación paralizada, no puede ser eficaz para obtener las prestaciones a que condene el laudo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9054/38. Menchaca Roque. 24 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.