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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379257
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2356
TRABAJADORES, COMPROBACION DEL CARACTER DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2356
Si una Junta se apoya únicamente en las confesiones de los actores en un juicio arbitral, para establecer que entre éstos y el patrono demandado, existían relaciones derivadas del contrato de trabajo, es exacta la violación que se haga valer por tal concepto, si no existe alguna otra prueba relacionada con la existencia del contrato aludido, pues la Junta respectiva no puede otorgar el carácter de trabajadores a los que en el juicio de amparo figuran como terceros perjudicados, debiendo exceptuarse aquellos respecto de los cuales el apoderado del demandado admite que estuvieron al servicio de éste, pero que al separarse, fueron debidamente indemnizado de las diversas prestaciones que reclaman.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7777/38. Iturbe de Hohenlohe L. Piedad. 26 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.