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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2374
JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2374
Las Juntas gozan de facultad soberana para estimar en conciencia las pruebas sometidas a su consideración, inclusive las consistentes en escrituras públicas, ya que éstas, si bien acreditan la realización de los actos o contratos que contienen, no justifican, por ellas mismas, que dichos actos carezcan de falsedad, simulación o dolo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7016/38. Schmid José. 26 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.