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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379276
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2666
ENFERMEDADES PROFESIONALES, RESPONSABILIDADES POR LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2666
Si una Junta admite en su laudo, que en el pulmón de un trabajador habían sido encontradas diversas lesiones de bronconeumonía sílicotuberculosa crónica, correspondía a la empresa demandada demostrar que el mencionado trabajador había adquirido la enfermedad al servicio de una empresa distinta, y si no lo hace, debe concederse el amparo que solicite la persona que reclama la indemnización constitucional respectiva, por la muerte del trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8509/38. Ballesteros Carmen. 29 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.