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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379293
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 278
MENORES, EMPLAZAMIENTO DE LOS, EN LOS CONFLICTOS DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 278
Si se demanda a un menor, y la Junta no lo emplaza por medio de su representante legal, que es su padre, sino que emplaza exclusivamente a éste, por su propio derecho, es indiscutible que aun cuando el padre tenga conocimiento de que la demanda también se enderezaba en contra de su hijo, éste queda sin defensa, puesto que aquél no puede contestar la demanda en nombre de éste, que no ha sido emplazado ni llamado a juicio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4217/37. Rosales Angel. 12 de enero de 1939. Mayoría de tres votos. Disidente: Alfredo Iñárritu. La publicación no menciona el nombre del ponente.