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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 405
ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 405
El accidente de trabajo presupone la acción repentina de una causa exterior o un violento esfuerzo que determine una lesión interna, según lo establece el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo, en virtud de lo cual si está plenamente demostrado que no concurrieron en el caso los extremos referidos, sino un desfallecimiento del corazón, ocasionado por una antigua enfermedad orgánica padecida por el trabajador, es lógico concluir que no existió el accidente de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4030/38. Biarnau viuda de Prat Rosa y coagraviados. 17 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.