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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379355
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1497
SALARIOS CAIDOS, IMPORTE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1497
Como el plazo a que alude el segundo párrafo del artículo 542 de la Ley Federal del Trabajo, debe calcularse en cincuenta y cuatro días, es claro que los plazos adicionales a que hace referencia la fracción III del artículo 122 de la citada ley, no puede exceder del mismo número de días.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 597/38. Compañía Tocinera del Distrito Federal, S. A. 9 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.