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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379405
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2555
JUNTAS, EXAMEN DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2555
No es exacto que una Junta viole el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, si omite el examen de una prueba instrumental, consistente en la copia de un acta relativa a un convenio celebrado entre la compañía demandada y sus trabajadores, pues aun cuando sea verdad que aquella ofreció durante el procedimiento seguido ante una Junta Municipal, la prueba instrumental a que se ha hecho referencia, si esa prueba fue ofrecida en el mismo juicio seguido ante la Junta Central respectiva, a la que fue remitido el expediente, al celebrarse ante la última Junta la audiencia de pruebas, no estaba obligada a hacer el análisis y examen de tal prueba.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8769/38. Compañía Consolidada de Maderas, S. A. 7 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.