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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379422
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2919
SECRETARIOS, SENTENCIAS DE AMPARO DICTADAS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2919
De acuerdo con el artículo 88 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, es legal la sentencia dictada por un secretario, si la audiencia fue señalada para los días en que el Juez disfrutaba de vacaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 340/39. García Acosta Bruno. 16 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator y ausente: Agustín Aguirre Garza.