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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 3275
CONFESION FICTA ANTE LAS JUNTAS, IMPROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 3275
Las Juntas no pueden tener por confeso al actor respecto de aquellos hechos sobre los cuales exista prueba en contrario; por lo que debe examinar previamente las preguntas formuladas a aquél y resolver cuales deben darse por contestadas en sentido afirmativo y cuales en sentido negativo, por existir pruebas que las contradigan.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3769/38. Gutiérrez Máxima. 25 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.