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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 3421
INTERMEDIARIOS EN MATERIA DE TRABAJO, COMPROBACION DEL CARACTER DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 3421
Si el demandado en un conflicto de trabajo no niega la existencia de la relación contractual ni controvierte el monto de las prestaciones reclamadas por el trabajador, sino que únicamente se excepciona sosteniendo que no es patrono, sino intermediario, no se está frente a un hecho negativo absoluto, que no sea susceptible de probar, sino que, por el contrario, se está frente a una negativa que envuelve una afirmación y es claro que debe probar su aserto ya que, por otra parte, tendrá elementos para ello, de los que seguramente carecía el trabajador puesto que éste, por razón misma de la prestación del servicio, reconoció como su patrono inmediato a aquél a quien le prestaba el servicio, sin que pudiera deducir o conjeturar que este era un mero intermediario y no realmente el patrón.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9166/38. Gutiérrez Martín. 31 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfredo Iñárritu. Relator: Octavio M. trigo.