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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379485
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 285
JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS, CONSISTENTES EN COPIAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 285
Los artículos 523 y 524 de la Ley Federal del Trabajo, establecen que las pruebas propuestas por las partes, en un juicio arbitral, principalmente, cuando consisten en informes o copias certificadas que haya de expedir alguna autoridad, deberán exhibirlas, desde luego, en la audiencia respectiva, a menos que el que las ofrezca no esté en posibilidad de obtenerlas directamente, por requerirse la práctica de una diligencia previa, caso en el cual se propondrán tan sólo en dicha audiencia, por lo que si un trabajador no exhibe esos documentos, ni rebate la resolución de una junta, en el sentido de que estaba en posibilidad de obtener directamente la copia de un acta que ofrecía como prueba, por razón de que figuró en dicha acta, procede negar la protección constitucional que por tal concepto solicite el expresado trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2727/38. Muñoz Teresa.- 6 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Alfredo Iñárritu.