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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 474
TRABAJO, PRUEBA CONFESIONAL EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 474
Si además de que no se cite precepto alguno legal que hubiese sido aplicado inexactamente por una Junta, se tiene en cuenta que si se declaro confeso al patrono, en un conflicto de trabajo, fue porque a pesar de haber sido legalmente citado no compareció a la audiencia respectiva, resulta evidente que el hecho de darlo por confeso, al tenor de las posiciones que se le articularon, estuvo ajustado a la prevención contenida en el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo.-
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5137/38. Hernández Camilo. 11 de octubre de 1938.- Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.